LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL, PIEZA CLAVE DE LA DEMOCRACIA
Una de las grandes conquistas de la historia ha sido la conseguida con la Revolución americana (1765-1783) y la Revolución francesa (1789-1804) por las que, entre otras muchas cosas, se consiguió la separación de los tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) como garantía del respeto a los derechos de los ciudadanos. Con ello se eliminó el absolutismo o sistema político en el que los tres poderes recaían en una sola persona, o lo que es igual: una persona hacía la ley, obligaba y vigilaba su cumplimiento y, por si fuera poco, administraba justicia en el caso de que hubiera alguien que la incumpliese. Es decir “todo quedaba en casa”.
La experiencia de los casi dos siglos y medio transcurridos desde estas revoluciones demuestra que cada uno de los tres poderes que configuran el Estado ha de ser independiente y evitar que cualquiera de los otros se interfiera en el cumplimiento de su función, es decir, para que cada uno mantenga su independencia se ha de evitar que ninguno abuse de sus facultades y se imponga/controle a los demás. Precisamente esta separación de poderes es la que da lugar a que exista un Estado de Derecho y, consiguientemente, en esa sociedad se dé el imperio de la Ley como expresión de la soberanía popular, haciendo que todos los poderes públicos estén sujetos a la Constitución.
Teniendo en cuenta estos antecedentes se comprende mejor el problema que actualmente hay con respecto al nombramiento de los jueces que han de componer el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), es decir, el órgano cuya función es mantener el ordenamiento jurídico vigente y garantizar los derechos fundamentales y las libertades públicas. Lo ideal sería que cada uno de los poderes se organizara por su cuenta, es decir, que no dependiera en su configuración de ninguno de los otros dos poderes (legislativo en las Cortes y el ejecutivo en el Gobierno), pero, en el caso de España, esto no es del todo así ya que la ley 6/1985 determina que los 20 vocales que componen el CGPJ sean elegidos por las Cortes -Congreso y Senado- con una mayoría cualificada de tres quintos, lo que se traduce en que se han de poner de acuerdo para lograr ese número de votos los dos partidos mayoritarios, garantizando, de paso, que el partido que gobierna (poder ejecutivo) no sea el que nombre los vocales de este Consejo de Poder Judicial (poder judicial).
Como quiera que la duración del mandato de los vocales del CGPJ es por cinco año y hace dos que caducó el de los vocales actuales, es necesario proceder a la elección de otros nuevos con el consiguiente acuerdo entre PSOE y PP y ese acuerdo no se ha conseguido desde hace ya dos años.
¿Y cuales son las causas de que no se produzca ese acuerdo? La cuestión no es la de los nombres de los vocales a proponer, asunto en el que han llegado a un acuerdo en numerosas ocasiones según ha manifestado el actual ministro de Justicia, sino en la pretensión del PSOE de que participen en ese conjunto de los 20 vocales algunas
personas que están próximos a Unidas Podemos y a Bildu, propuesta que es rechazada de plano por el PP.
La reacción del actual Gobierno ante esta postura del PP no es negociar sino cambiar la vigente ley del poder Judicial -la de 6/1985 que citábamos antes- y hacer que para la elección de los vocales por las Cortes no sean necesarios los tres quintos (210 diputados), sino solo la mayoría absoluta (176), con lo cual conseguirían colocar en este órgano de la Justicia a vocales próximos a UP y a Bildu, más los suyos, o lo que es igual, el CGPJ (uno de los poderes del Estado) tendría el mismo color político que el poder ejecutivo (Gobierno), es decir, sería poner al zorro a guardar las gallinas, con el consiguiente deterioro de la democracia en España, por no hablar del hecho de cambiar las reglas de juego en la mitad de partido.
El ataque más inmediato ha sido la decisión de la Mesa del Congreso (con los seis votos de PSOE y Unidas Podemos, que se impusieron a los tres de PP y VOX) de dar luz verde a la reforma exprés del CGPJ, sin oír antes al propio CGPJ, a la Comisión de Venecia del Consejo de Europa, ni a las asociaciones de jueces y fiscales, entre otros afectados por la reforma. Y eso significa que, a pesar de que la versión del Gobierno sea de que es el PP quien tiene bloqueadas las negociaciones, la verdad es que la pelota está en el tejado de Sánchez pues es el que debe frenar a Pablo Iglesias para desbloquear la renovación y evitar que se creen unos órganos judiciales de carácter regional que desgajase las funciones actuales del CGPJ, desgaje que ya ha recibido, por cierto, algunos reparos del Tribunal Constitucional y cuando el PP ha presentado una enmienda a la totalidad en la que propone que sean los jueces quienes elijan a los vocales del CGPJ.
Juan Antonio Callejas Cano
Diputado nacional por Ciudad Real
Grupo Parlamentario Popular